Pyme Digital es una subvención directa que ha lanzado la Cámara de Comercio de Almería con hasta el 85% de ayuda directa.
DIRIGIDO A:
- Ser una pequeña y mediana empresa, según la definición de pyme recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf .
Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica. Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023.
- Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2022.
- Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 € en la última anualidad.
CÓMO FUNCIONA:
- Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, CRM, ERP y Cloud Computing.
- Comercio electrónico.
- Marketing digital: SEO, SEM, analítica web, reputación online, aplicaciones móviles, email marketing.
IMPORTE:
- Diagnóstico (FASE I): sin coste para el autónomo o pyme.
- Implantación del plan (FASE II): subvencionamos hasta un 85% para inversiones de un máximo de 7.000 € en desarrollo tecnológico.
DURACIÓN:
El plazo para la presentación de solicitudes en la referida Sede se iniciará a las 09:00h, del día siguiente hábil al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de Almería, y tendrá una vigencia de 5 días hábiles desde su apertura, finalizando a las 14:00h del día de su caducidad.
FINANCIACIÓN:
El presupuesto máximo elegible por empresa para esta fase de ayudas es de 7.000 € de coste directo (IVA no incluido), si bien no se excluye que se puedan abordar implantaciones de mayor cuantía.
Adicionalmente, se financiarán los costes indirectos de las empresas, a tipo fijo, aplicando el porcentaje del 7% de los costes directos subvencionables, según art. 54 letra a) del Reglamento (UE) 2021/1060.
Por tanto, el coste elegible asociado a la implantación de los planes de acción será variable en cada caso, fijándose un máximo de 7.490,00 € por empresa (7.000,00 € de coste directo + 7% de costes indirectos asociados), que serán pre financiados en su totalidad por la empresa destinataria.
El porcentaje máximo de ayuda la a percibir por cada empresa será del 85% sobre el coste elegible indicado, por lo que la cuantía máxima de la ayuda por empresa será de 6.366,50 euros, siempre y cuando se justifique dicha inversión en los términos y plazos establecidos.
PRESUPUESTO POR EMPRESA | |||
CONCEPTOS | GASTO TOTAL | AYUDA FEDER | COF. EMPRESA |
Coste directo Plan de Acción | 7.000 euros | 5.950 euros | 1.050 euros |
Coste indirecto asociado (7%) | 490 euros | 416,50 euros | 73,50 euros |
TOTAL | 7.490 euros | 6.366,50 euros | 1.123,50 euros |
Más información en: https://camaradealmeria.com/ayudas/plan-desarrollo-tecnologico-tic/