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El Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, modificó el régimen legal del contrato a tiempo parcial, indicando expresamente que la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día. En caso de incumplimiento de las obligaciones de registro de la jornada, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario.

Se está constatando en las visitas realizadas recientemente a las empresas por parte de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, que no sólo se está pidiendo el registro a los trabajadores con jornada parcial, sino también a los trabajadores con jornada completa.

Y hay sentencias al respecto, de las mas recientes la dictada el 04 de diciembre de 2015 por la Audiencia Nacional, que ha sentenciado que todas las empresas deben de efectuar el registro diario de las jornadas de cada trabajador.

Es a raíz del Plan de Control 2016 de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, que se ha endurecido los controles y se está incrementando la revisión de aquellos aspectos que tengan que ver con la actividad de la empresa, sus empleados y en especial atención a los registros de jornada.

Como novedad en estas actuaciones figura la vigilancia también en el registro de jornadas a tiempo completo que hasta el momento no eran obligatorias. Con ello, la Inspección de Trabajo pretende evitar el fraude en la realización de horas extraordinarias y procurar su correcta vigilancia, retribución y cotización.

Las sanciones pueden llegar hasta los 6.250€

La instalación de sistemas de control de presencia y accesos por huella dactilar es la mejor manera de asegurar un registro eficaz de la jornada de trabajo, ya que este sistema impide la cesión de tarjetas, compartir códigos numéricos o similares.

En Ruano Informática disponemos de las soluciones más avanzadas en control de presencia, infórmate sin compromiso.

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