Esta subvención tiene como objetivo apoyar la creación de nuevas empresas, continuidad de empresas ya en funcionamiento impulsar industria 4.0 y crecimiento de empleo
Objetivos
Apoyar la creación de nuevas empresas, continuidad de empresas ya en funcionamiento impulsar industria 4.0 y crecimiento de empleo.
Beneficiarios
Empresas, especial las PYMES, que realicen su inversión en Extremadura. Quedan excluidas empresas públicas, entidades de derecho público con excepción de empresas de inserción laboral.
Tipo y cuantía de las ayudas
La subvención máxima es del 45% del proyecto. En el caso de grandes y medianas empresas, el 25% y 35% respectivamente.
En cuanto a terrenos e inmuebles no podrá ser superior al 10% del proyecto de inversión
Bienes y equipamientos, subvencionable el 25% con un máximo de 100.000€, vehículos comerciales o industriales si son subvencionables si fueran necesarios para el desarrollo de la actividad, los artículos deberán ser nuevos.
Otros gastos:
Inversión subvencionable (en o. Civil + I. Especiales) hasta 150.000 € | 10% |
A partir de 150.000€ y hasta 300.000€ | 8% |
A partir de 300.000 € y hasta 600.000€ | 6% |
A partir de 600.000 € hasta 1.000.000 € | 5% |
A partir de 1.000.000€ | 3% |
Modalidad industria 4.0
Los costes pueden ser previos a la solicitud y el importe máximo no puede ser superior al 35% de la inversión total del proyecto.
Periodo de presentación
15 días hábiles desde la convocatoria de estas ayudas (13 de Noviembre de 2017)
Desde la presentación del tipo de subvención, pudiendo dicho periodo ampliarse hasta 1 año más.
Requisitos de los beneficiarios
· Ejecutar el proyecto y realizar la actividad fundamental de la concesión de la subvención
· Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad
· Actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente
· Comunicar si se han obtenido otras subvenciones
· Acreditar que se está al corriente de pago de obligaciones tributarias y seguridad social
· Separar la contabilidad de la empresa con la actividad subvencionada
· Hacer constancia de la cofinanciación de la CCAA Extremadura y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional
· Conservar los documentos originales de la justificación de la subvención
· Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados artículo 33.
· Cualesquiera otras que vengan en la normativa general de subvenciones
Requisitos de los proyectos
Todo beneficiario deberá hacer una aportación financiera mínima al proyecto del 25% de los costes subvencionados con recursos propios o financiación externa.
La inversión deberá realizarse después de obtener la prestación solicitada, con excepción de terrenos, trabajos de ingeniería y en la modalidad industria 4.0.
El importe mínimo del proyecto de inversión será de 10.000 € y cuya subvención mínima será de 2.000 €, no se aceptaran proyectos de inversión inferiores de 10.000€ y cuya subvención mínima de 2.000 €
Tipo de proyectos
A) Proyectos de creación de nuevas empresas, se incluirá en este apartado las empresas que a fecha de la solicitud de la subvención tengan menos de 12 meses de antigüedad.
B) Proyectos de ampliación, modernización, traslado, ampliación del establecimiento actual, nuevo establecimiento o cambio fundamental en el proceso productivo.
Modalidad de ayuda:
A) Por actividad. Continuidad
B) Relevo generacional. La continuación de la empresa, que de otro modo hubiera cerrado
C) Adaptación industria 4.0. Que vaya a implementar proyectos que promuevan su transformación digital y la introducción de un sistema de tecnologías digitales, comunicación, etc.
Estas modalidades son excluyentes entre sí.
Concepto y valoración
Empleados (máximo 10 pts)
· 3 pts por mantener a todos sus empleados
· 2 pts por cada nuevo empleado indefinido con jornada completa durante 1 año
· 1 pts por cada nuevo empleado no indefinido jornada completa
· 0,5 pts el resto de casos nuevos empleados.
Ubicación
· 2 pts municipio con menos de 10.000 habitantes
· 2 pts por estar situados en terrenos calificados como industriales
Clases de proyectos
· Creación nueva empresa 5 pts
· Ampliación 2 pts
Sector
· 15 pts empresas de prioridad en el artículo 9 apartado A
· 10 pts empresas del artículo 9 apartado B
Por apoyo
· 5 pts joven emprendedor, autónomo o que adopten una sociedad anónima laboral o sociedad limitada laboral y sociedades cooperativas o sociedades agrarias que el 50% de los socios seas mujeres o jóvenes emprendedores.
Por intensidad (bienes y equipos) resultado de dividir lo aprobado para equipos y la subvención total
· Igual o superior a 0,5 3 pts
· Igual o superior 0,3 2 pts
· Inferior 0,3 1 pts
Bonificaciones
· 5 pts empresa pyme
Plazo máximo de resolución
4 meses desde la fecha de presentación de la solicitud, si transcurrido ese tiempo no se hubiera notificado, se da a entender que no la han aceptado
Plazo de ejecución
Según el indicado en la resolución individual, si se pidiera prorroga hasta 2 años máximo para inversiones inferiores a 500.000 € y 3 años para superiores
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