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Control de presencia

¿Sabía que el REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL ES

OBLIGATORIO para TODAS las empresas y tiene multas

de hasta 6.250€ por trabajador ?

Euros de sanción por trabajador

 

 Resumen opertativo del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, sobre el registro de control de horario:

1.- La empresa estará obligada a conservar los registros de jornada de sus trabajadores durante cuatro años y deberán permanecer a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

2.- Será de obligación de la empresa registrar la jornada de cada trabajador de forma fehaciente. Este registro de jornada será diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida. El registro de la jornada será tanto para trabajadores a tiempo parcial como a jornada completa (indefinidos o temporales)

3.- La obligatoriedad de que cada trabajador reciba mensualmente la relación de horas ordinarias y extraordinarias que ha realizado en dicho mes, debiendo conservar la empresa copia firmada por el trabajador .También los representantes sindicales y comités de empresa recibirán esta información de toda la plantilla.

4.- Las sanciones se pueden producir tanto por la ausencia de sistemas de control, como por la falta de comunicación de la realización de horas extras o por el enmascaramiento de las horas extra bajo otros conceptos salariales o tipología contractual.
Además las sanciones puedes ser hasta 6250 euros por trabajador.

5.- Si hay errores en los registros de jornada de contratos a tiempo parcial, se considerará como jornada completa.

6.- Si el empresario lo lleva de forma correcta, ante conflicto laboral, el empleado no podrá exigir horas extras (la carga de la prueba siempre es del empresario).

SISTEMAS INTEGRADOS DE RRHH, PRESENCIA, ACCESOS, CONTROL DE TIEMPOS

Y ACTIVIDAD, PRODUCTIVIDAD, VISITAS Y PLAN DE EMERGENCIA

(Últimas Tecnologías en sistema de control de presencia, proximidad, huella, Facial, Geolocalización…)

Somos expertos en la tecnología que mejor se adapta a sus necesidades

de Control Horario, Presencia y Recursos Humanos.

Obligatoriedad de disponer de un sistema de control de presencia.

¿Cumple su empresa con la nueva normativa? Los nuevos Sistemas de Control de Presencia se han convertido en una herramienta indispensable para las empresas con la llegada del Real Decreto Ley 16/2013 que impone el control obligatorio del número de horas de los trabajadores a tiempo parcial y completo. El próximo mes de mayo, una nueva reforma del Registro de la Jornada laboral de los trabajadores, aprobado en el Real Decreto Ley de 8 de Marzo de 2019 (art. 10), especifica y modifica el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que afecta directamente a todas las empresas. Como resumen, lo que se pretende es que:

Las empresas, han de implementar de forma oficial, un sistema que garantice el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada trabajador/a, sin perjuicio de la flexibilidad horaria y ha de estar organizado y documentado con los medios técnicos y digitales que aseguren su comprobación y almacenamiento durante al menos cuatro años, permaneciendo a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

SOLUCIONES DE ÚLTIMA GENERACIÓN

Optimice su costo de RRHH y aumente su rentabilidad

 

Con la implantación de nuestro eficaz sistema de control horario, control de personal y control de asistencia, usted podrá reducir los gastos innecesarios y aumentar su rentabilidad, comunicando directamente con sus empleados mediante el envío de mensajes personalizados que podrán consultar en su portal de empleado.

Desde el primer momento, podrá distinguir entre los diferentes tipos de marcajes (acceso, producción y presencia) para obtener información del marcaje del trabajador, que podrá visualizar a través de los diferentes monitores que el sistema pone a su disposición.

Además, para automatizar la comunicación en tiempo real con sus dispositivos, nuestro software de control de presencia incorpora una nueva función, Sync Pro, que comprueba la situación actual de sus empleados presentes, ausentes, así como los tiempos de presencia, ausencia, retrasos, horas normales, extras, festivas, etc.

Ahora podrá indicar fácilmente, para cada empleado y para un periodo de días concreto, alguna excepción en la jornada laboral, así como las vacaciones de los trabajadores, sus bajas por enfermedad, los cambios de horario por cambio de ubicación, la introducción de fórmulas. etc.

Configure la práctica totalidad de horarios existentes, tanto en la empresa privada como en la empresa pública, a través de nuestro sistema de parametrización de franjas horarias, ajustes, contadores y fórmulas: horarios continuos, seguidos, libres, flexibles, mantenimientos, por turnos, automáticos o por selección del empleado.

Del mismo modo, con nuestras soluciones de control de presencia usted podrá definir la retribución de los empleados, los pluses y/o gratificaciones, etc, y podrá agrupar a los empleados en categorías laborales, grupos y centros de trabajo desde la misma ventana.

Solicite una Consultoría de Control de presencia, totalmente gratuita y le asesoraremos de la mejor solución para su empresa.

Disponemos de soluciones específicas para la Agricultura

Casos de Éxito

Sus ventajas

Evite sanciones

Un estricto control en los horarios le librará de sanciones por incumplimiento.

Evaluación del rendimiento

El control horario permitirá evaluar el rendimiento de manera òptima.

Control de incidencias

Podrá tener documentadas todas las incidencias de presencia del personal.

¡Dedíquese a la actividad de su negocio y no se preocupe por lo demás!

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